Nigel Baker

Bolivia

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miércoles 20 mayo, 2009

Justicia comunitaria

El reciente caso de Marcial Fabricano ha generado un intenso debate acerca de la justicia comunitaria y su relación con el sistema judicial. Una de las dificultades de la justicia comunitaria es que no está basada en ningún código estandarizado, sino en los “usos y costumbres” de diferentes comunidades. Si la justicia comunitaria va a ser incorporada en el sistema judicial de Bolivia, resulta esencial alguna forma de estandarización y ley reguladora.

Lo que está claro, sin embargo, es que el tratamiento impuesto a Marcial Fabricano no puede equipararse con ninguna forma de justicia. La nueva Constitución es bastante explícita en su Artículo 15 sobre los derechos fundamentales: “Toda persona tiene derecho a la vida y a la integridad física, psicológica y sexual. Nadie será torturado, ni sufrirá tratos crueles, inhumanos, degradantes o humillantes”

Donde la justicia comunitaria choca con los derechos humanos fundamentales, estos últimos deben prevalecer. Es responsabilidad de las autoridades del Estado y la justicia asegurar que esos derechos humanos básicos amparados por la Constitución sean defendidos. Cualquier otra cosa, como la tortura de Marcial Fabricano, es criminal, y así debe ser considerado.

 

 

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